6 Av. "A" 4-18 Zona 1 Callejón "Del Manchén" | Atención de 08:00 a 16:30 hrs | PBX +502 2327-6000 | [email protected]
| [email protected]
Artículo 21. Seguimiento en la estrategia para la mejora de la ejecución y calidad del gasto público. Todos los funcionarios y empleados públicos, en especial las autoridades de las instituciones, tienen la obligación de promover y velar que las acciones del Estado sean eficaces y equitativas, continuar con el logro de los resultados establecidos, considerando la razón de ser de los programas presupuestarios y focalizar el gasto en beneficio de la población más necesitada.
Las autoridades de las instituciones deberán publicar en sus portales web a más tardar el último día hábil de marzo del ejercicio fiscal vigente, una estrategia de trabajo que contenga, como mínimo:
Inciso A
El plan de implementación de los programas y proyectos prioritarios para el logro de los resultados.
Inciso B
Propuesta de medidas de transparencia y eliminación del gasto superfluo, conforme a prioritarios para el logro de los resultados.