La Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República, fue creada en el año 2000, como cumplimiento de uno de los acuerdos de paz, específicamente el de Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército en una sociedad democrática. Su función surge como resultado de la extinción del Estado Mayor Presidencial, ente encargado de la seguridad y logística del Presidente y Vicepresidente de la República, sus respectivas familias y Ex mandatarios.
S.A.A.S es una entidad permanente, con organización jerárquica y profesional, con especialidad en seguridad y naturaleza civil, bajo cuya responsabilidad está la seguridad, acciones de prevención y todo apoyo administrativo y logístico necesario del Presidente y Vicepresidente de la República. Entidad estatal exclusiva que vela por la seguridad del Presidente y Vicepresidente Constitucional de la República de Guatemala y de sus respectivas familias.
Actividades Principales:
Crear y establecer los mecanismos tendientes a resguardar la seguridad, integridad y la vida del Presidente y Vicepresidente de la República y sus respectivas familias.
Brindarles protección a los ex presidentes y ex Vicepresidentes de la República.
Planificar y coordinar permanentemente la movilización y la estancia a diferentes lugares y horas del Presidente, del Vicepresidente de la República y sus respectivas familias.
Coordinar con los Ministerios, Secretarías de la Presidencia de la República, y demás entidades públicas y del sector privado, cuando corresponda, para cubrir las actividades del Presidente y Vicepresidente y sus respectivas familias.
Obtener de los órganos de inteligencia del Estado o de cualquier otra institución pública, información, análisis y estrategias relacionadas con amenazas, riesgos o peligros que pudieran presentarse sobre la integridad, seguridad y vida del Presidente, Vicepresidente y sus respectivas familias.
Analizar y evaluar las amenazas y riesgos que existan sobre los funcionarios y personas a las que la SAAS les brinde protección, para adoptar las medidas de prevención respectivas.
Administrar y custodiar los bienes, equipos y enseres asignados a su cargo.
Mantener, en materia de seguridad, capacitación técnica y profesional permanente del personal de la SAAS, que podrá hacerse extensiva hacia personal de seguridad de otros funcionarios o entes públicos, a través de su unidad de formación de agentes.
Desarrollar cualquier otra función o atribución que le asigne esta Ley o que, previa opinión técnica sobre su procedencia, le sea asignada, conforme a la naturaleza y finalidad de la SAAS.
Organigrama
Para el estudio, planificación y ejecución de las funciones que le son inherentes, la SAAS contará con la organización y estructura organizativa siguiente:
Un Secretario de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República;
Un Subsecretario de Seguridad;
Un Subsecretario Administrativo;
Un Consejo Interno y Consultivo;
Direcciones, departamentos y secciones que sean necesarias, las cuales serán definidos y estructurados en su reglamento.