Los Sujetos Obligados deberán mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado.

26. LOS RESPONSABLES DE LOS ARCHIVOS DE CADA UNO DE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERÁN PUBLICAR, POR LO MENOS UNA VEZ AL AÑO, Y A TRAVÉS DEL DIARIO DE CENTRO AMERICA UN INFORME SOBRE: EL FUNCIONAMIENTO Y FINALIDAD DEL ARCHIVO, SUS SISTEMAS DE REGISTRO Y CATEGORÍAS DE INFORMACIÓN, LOS PROCEDIMIENTOS Y FACILIDADES DE ACCESO AL ARCHIVO.