Los Sujetos Obligados deberán mantener, actualizada y disponible, en todo momento, de acuerdo con sus funciones y a disposición de cualquier interesado, como mínimo, la siguiente información, que podrá ser consultada de manera directa o a través de los portales electrónicos de cada sujeto obligado.

27. EL ÍNDICE DE LA INFORMACIÓN DEBIDAMENTE CLASIFICADA DE ACUERDO A ESTA LEY.

Enero
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Febrero
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Marzo
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Abril
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Mayo
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Junio
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Julio
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Agosto
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA
Septiembre
ÍNDICE DE INFORMACIÓN CLASIFICADA